Inmigrantes víctimas de trata o explotación laboral pueden solicitar la acción diferida
Marco Vinicio González
El Departamento de Seguridad Nacional (DHS)a través de Blue Campaign, lanzó una campaña de concientización en todo el país, “diseñada para educar al público, el sector privado, las Organizaciones No Gubernamentales (ONG), las fuerzas del orden público y las autoridades estatales/locales para maximizar la participación pública nacional en esfuerzos contra la trata y explotación de personas.
Para reconocer los indicadores de la trata y saber cómo responder adecuadamente a los posibles casos, y brindar recursos educativos específicos que ayuden a reducir la victimización dentro de las poblaciones vulnerables”, dice la agencia federal en su página web.
“Esta nueva política del DHS permite que ciertos trabajadores indocumentados soliciten acción diferida, o protección contra la deportación si presenciaron o son víctimas de violaciones laborales y ayudan en las investigaciones”, dice por su parte Línea Abierta.
La conductora de este programa de análisis noticioso, Chelis López preguntó a Ariadna Rentería, Directora de Servicios Legales para Inmigrantes, del Centro de Derecho de Watsonville, California, ¿qué tan grande sería el impacto de esta nueva política de DHS en sitio de empleo de la comunidad trabajadora inmigrante?
En principio hay que tener a la persona que ha sido sujeta de abuso, mal trato, extorsión por parte del empleador, dijo Rentería. “Y esto puede ser, personas indocumentadas o personas que están aquí con visas temporales, como las personas con visas H-2A”.
Si tal persona ha sido víctima de robo de salarios, extorsión, explotación o trata, “porque se los trajeron a Estados Unidos ofreciéndoles un trabajo y acabaron haciendo trabajo sexual o cualquier otro trabajo que no les paga el salario mínimo federal o bajo otro tipo de precarizaciones laborales, como condiciones insalubres o más horas de las humanamente posibles, que están aprobadas por la ley, esas personas pueden allegarse a una organización laboral, local, federal o estatal, para presentar una queja”, dice Rentería.
Estas quejas, afirma la analista, pueden presentarse ya sea en el Departamento del Trabajo, la Comisión de Relaciones Laborales, el Comisionado Laboral… en fin, “en todas las organizaciones que se dedican a la protección de los salarios en su calidad física, en su calidad laboral o salarial”.
La queja debe hacerse y mientras la investigación está en curso y se le debe pedir al DHS, que “siendo testigo o habiendo sufrido una de estas violaciones, y considerando la información y cooperación absoluta que está proveyendo mientras se investiga…, es importante que se le mantenga trabajando legalmente, a fin de continuar la investigación o también siendo parte de la investigación, y que se me paguen salarios caídos…”.
De esta suerte el Departamento del Trabajo o la Comisión de Relaciones Laborales que revisó el expediente del afectado, debe enviarle al DHS una solicitud diciendo que “en el interés de esa persona… se ha considerado que se le dé permiso de trabajo porque necesitan su colaboración durante la investigación; para que se sancione al empleador”.
Y si Inmigración contesta de manera positiva, “entonces el solicitante con la carta de aprobación de la oficina o agencia laboral, se dirige a Inmigración solicitando la acción diferida; sometiendo un formulario, la investigación de la que es parte, y paga la cuota necesaria por su permiso de trabajo”.
La abogada Rentería advierte sin embargo que “hay que hilar muy fino”, porque se debe estar seguro que el solicitante no tiene en el pasado algunas violaciones a la ley que no tienen que ver con lo laboral. “Si yo me presento a Inmigración con una solicitud tengo que saber que estoy abriendo mi historia, las violaciones migratorias que he tenido en mi haber, o crímenes de otra naturaleza, y todo eso se evalúa basado en una consideración discrecional, caso por caso, e Inmigración decidirá si aprueba la acción diferida o no”.
De aprobarse la acción diferida, la persona recibe un permiso de trabajo por dos años, que puede ser renovable siempre y cuando la investigación continúe o se requiera la participación de la persona, a fin de continuar con ese permiso de trabajo.
“A nadie le pediría que hiciera eso solo, o con ayuda de alguien que no conozca bien el sistema; poque hablando de abusos o fraudes de personas por quienes quieren aprovecharse de este nuevo sistema ofreciendo algo que tiene que tratarse con mucho cuidado… pues se requiere conectarse con dos agencias, una agencia laboral, que después se conectará con Inmigración, e Inmigración, a través de varios canales, tomará la decisión de si se le otorgará el permiso de trabajo o no”.
Cómo solicitar estos permisos, a quién acercarse para que le ayude con el proceso evaluando todos los elementos del caso; qué se puede hacer si su solicitud es denegada por Inmigración una vez; cómo someter una apelación o un nuevo caso sin riesgos, con una solicitud del Comisionado laboral que cuente con argumentos robustos, aunque existe siempre la posibilidad de no tener éxito.
Y cómo iniciar este proceso, qué requiere el solicitante en aquellos casos en sitios de trabajo remoto o cuyo empleador les secuestra el pasaporte y no les brida el tiempo para ausentarse de trabajo a fin de iniciar el proceso para la acción diferida. O qué tan en serio el gobierno va a tratar las quejas del trabajador y qué hacer cuando vencen los primeros dos años del permiso, así como qué pensaron los radioescuchas durante este programa son parte de la plática de Chelis López con la abogada Ariadna Rentería que usted puede escuchar aquí, en este programa completo de Línea Abierta■