Familias de estatus mixto y el acta de atención de salud costeable.

tuesday-673x324De La Redacción

Iniciado el proceso de inscripción que estipula la Ley de Salud Costeable (ACA) han surgido en la comunidad inmigrantes dudas sobre las garantías que han dado las autoridades migratorias para no perseguir a padres de indocumentados que inscriban a sus hijos ciudadanos o residentes legales en los programas de la nueva ley. Es preciso decir que ACA no beneficia a los indocumentados, y sin embargo, éstos pueden beneficiarse y recibir también ciertos servicios de atención médica. Además, ACA los excluye del beneficio del Medicaid -la ayuda médica para los pobres-, y de la compra de seguros en el Mercado de Intercambio, así como de otros beneficios. No obstante, por medio de la referida ley se crearán más centros de salud o más servicios que permitirán atender a estos desasegurados, conocidos como los ‘sin papeles’.

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Para disipar muchas de estas dudas y temores, en el programa de Línea Abierta recién transmitido ayer, con ayuda de Álvaro Huerta, abogado del Centro Nacional de Leyes de Inmigración en Los Ángeles, CA, un experto en derechos de la salud de familias de estatus mixto, se contestaron diversas preguntas de los padres indocumentados con hijos nacidos fuera de este país, otros residentes o ciudadanos, y jóvenes que pudieran haber sido beneficiados con la Acción Diferida (DACA) del presidente Obama, lo que que se conoce como familias mixtas.

Es importante recalcar que los padres de familia que sean indocumentados y tengan hijos ciudadanos, o bien familiares que sean residentes legales, podrán inscribirlos en la ley de salud sin temor a sufrir problemas con las autoridades de inmigración. El gobierno federal acaba de asegurar que no habrá ninguna acción que perseguir contra estos padres indocumentados.

Apenas iniciado el programa de Línea Abierta, Luís, de Stockton, y quién se inscribió sin problemas en la página del plan de salud de California a principios de mes llamó para expresar su temor acerca de la posibilidad de que el plan de salud fracase por los problemas que ha sufrido la página HealthCare.gov.

Álvaro Huerta aceptó que el referido sitio web del gobierno está experimentando problemas, pero recordó que ACA “es ya la ley de salud vigente que pasó en 2010 y se va a implementar el primero de enero de 2014. Lo bueno es que en California es un diferente programa, porque es puramente estatal. El problema es en los estados que no tienen su propio programa, sino el que el gobierno federal está implementando… el único problema es el Internet, pero todavía se pueden inscribir a través del teléfono, por correo y acudiendo a agencias o centros comunitarios”.

Candelario, de Yakima, Washington, preguntó si las personas que reportan sus impuestos tienen por esto derecho a cobertura médica.

No. No todas las personas que hacen los impuestos, sino las que son elegibles para la cobertura en los mercados (de intercambio) que van a empezar en 2014… Pero por hacer los impuestos no quiere decir que tiene que ensañar que tiene cobertura médica. Va a haber categorías de personas que están exentas de probar que tienen cobertura… y van a poder indicar que están exentas de ese mandato”.

El temor de Alejandro, de Hanford (CA), es “si los niños que tienenn Medical ya no lo van a tener a partir del año que viene”.

Huerta: “Si son elegibles van a seguir recibiendo Medical. También están ampliando este programa, y ahora van a tener acceso no nada más los niños, sino también los retirados, las personas con deshabilidades y los adultos sin niños que se ubican hasta en el 138 por ciento por encima del nivel de pobreza”, de acuerdo con los estándares federales. “Lo mismo va a pasar con el Medicare”, dijo, y agregó que estos programas “ahora van a incluir hasta más gente… Tal vez en los programas locales o de los condados vayan a pasar a los niños a los programas estatales”, dijo.

Gilberto, desde Prosser (WA) externó su preocupación porque al hacer su solicitud de ingreso, su número de identificación en el documento de migración fue rechazado; el de su mujer sí pasó, y está inquieto porque no le han llamado.

Hemos escuchado estos problemas en el internet, de personas que tienen su greencard. Lo que pueden hacer es llamar, y también tenemos los llamados navegadores, que está ayudando a la comunidad a escoger sus planes, a inscribirse, etcétera…”, dijo Huerta. “Además puede hablar al mercado estatal… Si no lo pueden hacer por el sitio de Internet, deben poder hacerlo por teléfono, o regrese a la clínica donde lo ayudaron… nada más es un problema del Internet, y no necesariamente significa que usted no es elegible”.

Juan, de Burlington (WA): “Yo fui beneficiado pro al Acción Diferida, ¿dónde quedo, voy a recibir una multa si no tengo seguro médico?”.

No. Desafortunadamente la administración del Presidente excluyó específicamente a los que tienen la Acción Diferida (DACA para jóvenes), de obtener seguro a través de los mercados. Ni tampoco tienen acceso al Medicaid o a CHIP… y por eso están exentos del mandato a los individuos. O sea que no tienen que probar que tienen seguro y no van a recibir la multa. Cuando hacen sus impuestos, si los hacen, van poder declarar que están exentos de ese mandato. Pero las personas que tienen la Acción Diferida general, sí deben tener seguro y si no, sí van a ser multados, si no pueden probar que están asegurados”.

Juan, de Sacramento (CA), quien él y su esposa son residentes, tiene tres hijas, dos son ciudadanas y la otra residente y no sabe cómo solicitar su inscripción.

Respuesta: “Todos los ciudadanos tienen el mismo acceso a los mercados, y si califican para el Medicaid, o Medical en California, pueden acceder a ello. Lo mismo los residentes, y también van a poder pedir ayuda del gobierno federal para poder comprar el seguro que sea asequible; y van a poder pedir créditos tributarios y co-pagos reducidos. Una persona que hace hasta el 400% por encima del nivel federal de pobreza puede pedir subsidios para ayudarse a pagar la póliza. Y las personas que tiene hasta el 250% sobre el nivel federal de pobreza también van a recibir co-pagos reducidos si escogen ciertos planes en el mercado de intercambio. Pero toda su familia, si son residentes legales o ciudadanos van a tener acceso a los mercados, o también al Medicaid o Medical, si son elegibles”.

José, de Fresno (CA) dijo estar preocupado porque “mi patrón ya me pidió para asegurarme, y soy una persona indocumentada, y mi patrón no sabe que no tengo documentos… ¿Qué puedo hacer?”.

Esta fue una pregunta recurrente y difícil, contestó Huerta. “Primeramente el empleador no debe de pedirle a un empleado una prueba de tener seguro médico. Le puede dar la opción de inscribirse a un plan de salud, pero no puede hacerlo obligatorio. Así que si a una persona que está trabajando sin papeles, si no está inscrito ya en un plan de salud, tiene que preguntársele si va a poder tomar la oferta del empleador. Al mismo tiempo, si una persona no se incluye en ese plan del empleador, éste no debe pedirle información sobre sus documentos. Y no hay razón para que el empleador piense que esa persona es indocumentado. Hay muchísimas razones por las que una persona no necesariamente se vaya a inscribir en el plan del empleador; puede tener seguro de su cónyuge, o tener varias razones. Estamos diciéndole al Presidente que tiene que informar a los empleadores sobre cuál de sus empleados tienen plan de salud para determinar si los empleadores también tienen un mandato de proveer la opción de un plan de salud a sus empleados; si el gobierno le esta pidiendo al empleador esa información, cómo asegurar que una persona se sienta confortable diciendo que no quiere un plan de salud por tener otras opciones”.

Tomasa, de El Centro (CA), dijo tener un problema: “Tengo un familiar con un tumor en la matriz y necesita operación, y quería ver si… ella es una persona que no tiene papeles aquí en Estados Unidos; y estábamos esperando la reforma a la ley migratoria pero pues todavía no nos han dicho nada y pues ella tiene que ser operada y no tiene atención médica, más que de emergencia”.

Cualquier hospital en todo el país, en una situación de emergencia tiene que darle servicio a cualquier persona, y no importa su estatus migratorio. También hay un programa de Medicaid de emergencia que puede pagar por esos servicios. Y hay diferentes cosas que califican como emergencia, no nomás un accidente de carro, sino también situaciones donde está en peligro la vida de una persona. Hay otras cosas que pueden hacer, si no son tratados en ese momento, o en un tiempo corto, que puede convertirse en una emergencia; también eso puede cubrirse con el Medicaid de emergencia. También, para conseguir ayuda preventiva, los inmigrantes, no importa el estatus migratorio, pueden ir a centros de salud. Y por último, los hospitales tienen la obligación, porque reciben fondos federales, de ofrecer un porcentaje de sus servicios como servicios de caridad. O lo hace gratis, o lo hacen con un gran descuento, o le ayuda al inmigrante con un plan de pago, donde pagan lo que puedan”. Sin embargo este caso es muy complicado, dijo Huerta, “porque un hospital no va a considerar emergencia una operación que va a ocurrir tiempo después, y no en ese momento. Lo que puede hacer esa persona es hablar con el hospital y averiguar si tienen un plan médico en el que ella pueda pagar una porción del costo de la cirugía, o pagarlo después, y pedirle al hospital si tienen servicios de caridad”.

Angélica, de Fresno, California: “Mis hijos son mayores de edad, ciudadanos norteamericanos de padres indocumentados. Tienen un trabajo de medio tiempo, ¿ellos pueden accesar a los mercados, o bien quedarse por sí solos o independientes en el programa de Medical?”

El programa de Medical es para el individuo; si ellos son elegibles para Medical, pueden seguir ahí, sin importar el estatus de sus padres. Si son adultos pueden solicitar el seguro ellos mismos, no necesitan dar nada de información de sus padres. Los niños menores sí necesitan que sus padres hagan la solicitud por ellos, y en esos casos no van a tener problemas con Inmigración”.

Eduardo, de Stockton (CA): “Yo tengo dos hijos mayores de edad que viven en mi casa; yo no tengo empleo pero trabajo por mi cuenta. Mi pregunta es si ¿tengo que meterlos a ellos en mi seguro, o ellos tiene que aplicar por sí mismos?

Respuesta: “Los hijos pueden quedarse en la póliza de los padres hasta los 26 años. Después de los 26 años va a tener que encontrar su propio seguro, y si son elegibles al Medical, pueden solicitar a ese programa, o entrar al mercado a buscar algo que es asequible para ellos”.

Con este programa intentamos disipar dudas y temores de muchas de estas familias que se han resistido hasta el momento a buscar su inscripción en el marcado de intercambio, o en el programa Medicaid, o en el programa de seguro para niños llamado CHIP.

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